Hacienda detecta 1.700millones en deducciones ‘ficticias’ de las empresas

Fuente: Cinco Días
10/3/2013
La Agencia Tributaria evitó en 2012 que las grandes empresas redujeran su base imponible en el impuesto sobre sociedades en 1.700 millones de euros a través de la utilización “indebida” de la deducción de gastos financieros. Es la primera vez que la Agencia Tributaria publica esta cifra, que ilustra la relevancia del polémico beneficio fiscal.

El sistema tributario español se ha caracterizado durante muchos años por incentivar el endeudamiento de empresas al permitir que se dedujeran sin ningún límite en el impuesto sobre sociedades los gastos financieros. Esta situación cambió a partir de marzo de 2012, cuando el actual Gobierno endureció la legislación para evitar los abusos detectados. En cualquier caso, Hacienda sigue escudriñando este tipo de operaciones realizadas en ejercicios anteriores. La última memoria de la Agencia Tributaria correspondiente a 2012 muestra que la Delegación Central de Grandes Contribuyentes obligó a multinacionales y grandes empresas a reincorporar 1.700 millones en su base imponible del impuesto de sociedades. Esa es la cuantía que habían intentado desgravarse a través de la aplicación “indebida” de la deducción de los gastos financieros.

Se trata de una cifra muy relevante y que da la razón a los inspectores fiscales, que denunciaron durante años que este beneficio fiscal representaba el “gran agujero negro de Hacienda”. El hecho de que hasta 2012 la legislación permitiera deducir sin restricción alguna los gastos en intereses provocó que fueran las filiales españolas las que asumieran la carga financiera de los grupos multinacionales. España se convirtió en un país ideal para la ingeniería tributaria. El incentivo fiscal resultaba tan atractivo que empezaron a proliferar operaciones financieras ideadas con el único objetivo de rebajar la factura tributaria.

En los últimos años –y coincidiendo con la caída de ingresos que provocó la crisis económica– Hacienda reforzó el control sobre las bonificaciones impositivas. A través de la figura del fraude de ley, la Agencia Tributaria empezó a vetar la posibilidad de acogerse a beneficios fiscales cuando detectaba operaciones financieras “artificiosas”.

La Audiencia Nacional, en dos sentencias fechadas en marzo, avaló la tesis de la Inspección y confirmó que constituyen un fraude de ley los préstamos entre empresas de un mismo grupo que “no tienen ningún sentido económico” y que solo persiguen acogerse a una ventaja tributaria.
Además de la ofensiva de Hacienda a través de un mayor control sobre las multinacionales, el agujero que suponía este beneficio tributario se cerró en marzo del año pasado a través de un real decreto en el que se limitó la deducción de los gastos financieros al 30% del beneficio operativo de las empresas. En el caso de operaciones entre filiales de un mismo grupo, la legislación vetó la posibilidad de aplicar la deducción tributaria, salvo que la sociedad justificara la existencia de un “motivo económico válido”. Es decir, la carga de la prueba recae sobre el empresario.

Junto al control de los gastos financieros, Hacienda también ha reforzado la vigilancia sobre las compraventas dentro de un mismo grupo multinacional y que la legislación obliga a que se realicen a precios de mercado. Se trata de evitar que las filiales establezcan relaciones comerciales entre sí e inflen los precios con el único fin de elevar el capítulo de gastos y, por lo tanto, minorar la cuota a pagar en el impuesto sobre sociedades. La Agencia Tributaria detectó en 2012 que multinacionales y grandes empresas habían intentado reducir en su base imponible en 472 millones a través de los precios de transferencia.
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