El Ministerio de Industria, Energía y Turismo apoya con 10 millones de euros el asesoramiento a pymes en comercio electrónico

Fuente: Cinco Dias
9/10/2013
l Ministerio de Industria, Energía y Turismo, a través de la entidad pública Red.es, ha puesto en marcha el programa 'Mentoring en Comercio Electrónico', que tiene como objetivo financiar servicios de asesoramiento especializado o 'mentoring' en comercio electrónico a pymes de las comunidades autónomas destinatarias de fondos FEDER.

El programa ofrece la posibilidad de financiación para las pequeñas y medianas empresas. El primer grupo consiste en la concesión de ayudas para recibir servicios de asesoramiento especializado e individualizado en materia de comercio electrónico (normativa legal, soluciones tecnológicas, medios de pago, aspectos logísticos y de marketing), con el objetivo de impulsar el potencial de cada pyme y posicionarla estratégicamente en el mercado online. 

La segunda posibilidad estipula la concesión de ayudas que permitan implantar soluciones tecnológicas de comercio electrónico a los beneficiarios del primer grupo que hayan completado y cumplido todas las obligaciones derivadas de las bases.

Los interesados en obtener estas ayudas tienen hasta el 7 de octubre de 2013 para solicitar uno de los dos grupos previstos. La iniciativa "Mentoring en Comercio Electrónico" tiene un presupuesto de 10.384.745 euros y se realiza con cargo a fondos FEDER. En la primera convocatoria de este programa, que data de 2011, se beneficiaron 89 empresas, lo que ha supuesto una inversión pública de casi 4 millones de euros. Con esta nueva convocatoria se pretende conceder ayudas a unas 350 pymes.

Criterios para el otorgamiento de las ayudas 


Según recogen las bases de la convocatoria, los criterios para poder obtener ayudas del programa 'Mentoring en Comercio Electrónico' son: 

- Tener una plantilla de entre o y 250 empleados, y un volumen de negocios anual que no exceda de 50 millones de euros. 

- Haber sido constituida con antelación a la publicación de las correspondientes bases. 

- No estar incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003. 

- No tratarse de una empresa de naturaleza pública o con accionariado de dicha naturaleza 

- Que la ubicación en la que se prestarán los servicios y/o se implantarán las soluciones tecnológicas objeto de la ayuda esté establecida en alguna de las siguientes ciudades y comunidades autónomas: Andalucía, Aragón, Asturias, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Ceuta, Comunidad Valenciana, Extremadura, Galicia, Islas Canarias, Melilla, Murcia y Navarra 

- Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como del pago de las obligaciones de reembolso de cualesquiera otros préstamos o anticipos concedidos anteriormente con cargo a los Presupuestos Generales del Estado. 
- No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente, tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común. 
- Disponer de una página web propia del negocio y operativa, al menos, desde el momento en que se presenta la solicitud. 
- No haber sido beneficiario de la anterior convocatoria denominada "Programa de Asesoramiento a PYMEs en Comercio Electrónico B2C" C-068/11-CD. 
más noticias